Los Datos Personales serán tratados conforme a la Ley 1581 de 2012, o a las normas que la sustituyan o le den alcance, y a nuestra Política de Datos Personales, que podrá consultar en la página web https://unal.edu.co/, enlace "Protección de Datos Personales".
Oferta de programas curriculares de pregrado de ciclo completo a ser cursados por los estudiantes admitidos por este Programa de Admisión Especial en su región de residencia.
Los cupos de admisión por programa curricular de pregrado ofrecido bajo este Programa de Admisión Especial en cada convocatoria son cupos reservados única y exclusivamente para aspirantes pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3, que tengan su domicilio y se hayan graduado en un colegio ubicado en el territorio del área de influencia de la Sede seleccionada.
Pertenecer al estrato 1, 2 o 3 del área de influencia de la Sede, según lo establecido en el Artículo 2 de la Resolución 098 de 2024 de Rectoría.
Haber cursado los dos últimos años de bachillerato (educación media) en un colegio que se encuentre ubicado dentro de la región de influencia de la Sede, descrita en el Artículo 2 de la Resolución 098 de 2024 de Rectoría.
Estar residiendo y haber residido al menos durante los dos últimos años en la región de influencia de la Sede, según lo establecido en el Artículo 2 de la Resolución 098 de 2024 de Rectoría.
Por ningún motivo podrán acogerse a este Programa de Admisión Especial aspirantes que hayan sido estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia.
La región de influencia para el Programa de Admisión Especial con Enfoque Territorial (PAET) de las distintas Sedes es la siguiente:
Para la Sede Medellín corresponde a los departamentos de Antioquia, Córdoba y Chocó.
Para la Sede Manizales corresponde a los departamentos de Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima.
Para la Sede Palmira corresponde a los departamentos de Cauca, Nariño, Putumayo y Valle del Cauca.
Para las Sedes Amazonía, Caribe, Orinoquía y Tumaco corresponde a las definidas en el Programa Especial de Admisión y Movilidad Académica (PEAMA):
Los aspirantes admitidos por el Programa de Admisión Especial con Enfoque Territorial (PAET), además de los documentos exigidos para la matrícula inicial, deben entregar, en la División de Registro y Matrícula de la Sede que se defina en el instructivo de admitidos, los siguientes documentos para formalizar la matrícula inicial:
Certificado de residencia, expedido por la autoridad competente, donde conste que el aspirante se encuentra residiendo y ha residido al menos durante los dos últimos años en la región de influencia de la Sede según lo establecido en el Artículo 2 de la Resolución 098 de 2024 de Rectoría. La fecha de expedición no puede anteceder en más de dos meses el momento de formalizar la matrícula.
Certificado expedido por la respectiva institución educativa en el cual se certifique que el aspirante cursó por lo menos los dos últimos años de bachillerato (educación media) en la institución. La institución debe quedar dentro de la región de influencia de la Sede descrita en el Artículo 2 de la Resolución 098 de 2024 de Rectoría.
La no presentación de los certificados, o la no validez de los mismos, será causal de la pérdida de la condición de admitido y por consiguiente el aspirante no podrá hacer uso de la matrícula inicial en la Universidad Nacional de Colombia.
Cumplir con los requisitos para el ingreso a la Educación Superior exigidos en la normatividad vigente.
Cumplir con los requisitos anteriormente mencionados.
Hacer el pago de los derechos de inscripción (*).
Realizar la formalización de la inscripción de acuerdo con la Guía paso a paso, ítem 2, dentro del cronograma establecido para la convocatoria.